Titularidad Compartida Explotación Agraria

 

Presentación de la Política de Titularidad Compartida 

La política de la Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias es una de las políticas desarrolladas por el Ministerio de Agricultura para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres del medio rural dado que, en el medio rural, todavía se mantienen escenarios de desigualdad entre mujeres y hombres en un grado más acusado de lo que ocurre en el medio urbano.

Y es que, las mujeres representan más de un tercio de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares, pero, en la mayor parte de los casos, tan sólo los hombres figuran como titulares de las explotaciones mientras que ellas aparecen como cónyuges en la categoría de “ayuda familiar”. Pese a que la inmensa mayoría de las mujeres agricultoras comparten las tareas agrícolas de las explotaciones familiares con sus parejas, estas actividades son vistas como una extensión de sus tareas domésticas y de cuidados.

Con objeto de paliar esta situación de desigualdad e invisibilización del trabajo de las mujeres rurales en el sector agrario y las consecuencias negativas que de ella se derivan, el 5 de enero de 2012 entró en vigor la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias con los objetivos de:

-          - Profesionalizar la actividad agraria de las mujeres.

-         - Mejorar la participación femenina en las organizaciones agrarias.

-          -Visibilizar el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias.

-          - Fomentar la igualdad y mejorar la calidad de vida en el medio rural.

-          - Ayudar al asentamiento de la población rural.

Esta Ley crea la figura de Explotación Titularidad Compartida (ETC) como la unidad económica sin personalidad jurídica, pero con efectos fiscales, que se constituye por un matrimonio, pareja de hecho o personas con una relación análoga de afectividad, para la gestión conjunta de la explotación agraria. De forma que la ETC pasará a disponer de un NIF propio.

La titularidad compartida implica:

-          Las dos personas titulares pueden ejercer la representación, gestión y administración de la explotación agraria en igualdad de condiciones y a todos los efectos.

-          La responsabilidad será directa, personal, solidaria e ilimitada de las dos personas titulares.

-          Los rendimientos generados por la explotación se repartirán al 50% entre ambas personas titulares de la explotación agraria de titularidad compartida.

-          Consideración de ambos titulares como beneficiarios directos de las ayudas y subvenciones de las que sea objeto la explotación.

-          Cotización en la Seguridad Social por parte de ambos miembros.

Entre las medidas que adopta la Ley para fomentar el registro de explotaciones en régimen de titularidad compartida son:

-          Trato preferente en las subvenciones de la Administración General del Estado.

-          Consideración de estas explotaciones como explotaciones prioritarias en los Programas de Desarrollo Rural, de forma que se les dará prioridad en medidas como la Inversión en explotaciones o el asesoramiento.

 

Análisis de la Política de Titularidad Compartida 

Esta política aborda la igualdad de género en el medio rural desde los siguientes ámbitos:

 -Roles de género:

En el ámbito de la explotación familiar del medio rural, son muchas las mujeres que comparten con los hombres las tareas agrarias, asumiendo buena parte de las mismas y aportando tanto bienes, como trabajo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, figura sólo el hombre como titular de la explotación agraria, lo que dificulta que se valore adecuadamente la participación de la mujer en los derechos y obligaciones derivados de la gestión de dicha explotación, en condiciones de igualdad.

Es por ello por lo que esta política, con la creación de la figura de la Titularidad Compartida se pretende profesionalizar la actividad agraria de las mujeres y visibilizar el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias, promoviendo y favoreciendo la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico derivado de su participación en la actividad agraria.

- Recursos:

En España no hay limitaciones legales al acceso a la propiedad agrícola por parte de las mujeres (aunque la realidad muestra que cuando ellas son las titulares, suele tratarse de explotaciones de dimensiones económicas reducidas y baja rentabilidad), pero sí dificultades prácticas para el acceso al crédito o a otros bienes y derechos inmateriales por estar vinculados no a la propiedad de la tierra, sino a su rendimiento, es decir, a la titularidad de la explotación. Además, los estereotipos tradicionales siguen vigentes en el medio rural. El trabajo de las mujeres sigue entendiéndose más bien como una «ayuda familiar» que complementa a la renta principal y no como una aportación económica efectiva.

Por ello, aunque con la figura de Titularidad compartida no se alterara el régimen jurídico de los bienes y derechos que la conforman ni el régimen jurídico matrimonial o pactos patrimoniales de las parejas de hecho ni el régimen sucesorio,  los rendimientos generados por la explotación se repartirán al 50% entre ambas personas titulares de la explotación agraria de titularidad compartida y todas las subvenciones y ayudas se concederán por mitades iguales a ambas partes titulares.

- Representación:

Con esta política se pretende también mejorar el poder de decisión de las mujeres en el medio rural al pasar a tener los dos titulares de la explotación responsabilidad directa, personal, solidaria e ilimitada sobre la misma, pudiendo ejercer ambos titulares la representación, gestión y administración de la explotación agraria en igualdad de condiciones y a todos los efectos. De esta forma se favorece la asunción de decisiones gerenciales y de los riesgos y responsabilidades derivados de aquéllas por parte de las mujeres rurales.

 

Impacto y resultados que ha tenido esta política pública.

Actualmente hay un total de 993 explotaciones acogidas al Régimen de Titularidad Compartida de acuerdo con los datos del Ministerio de Agricultura, habiéndose inscrito 58 nuevas explotaciones en 2022.

La evolución en los últimos años es destacable pero la realidad es que el número de inscripciones es muy inferior de lo esperado teniendo en consideración que el número de explotaciones potencialmente beneficiarias se encuentra entre 30.000 y 60.000 explotaciones agrarias.

 

¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

Las posibles causas del número reducido de explotaciones inscritas frente al número esperado en la propuesta de ley pueden deberse a:

Complejidad de los trámites de inscripción al estar distintas Administraciones Públicas implicadas.

-  Desconocimiento de la Ley y falta de formación específica de los agentes implicados en su gestión.

-  Escasa coordinación entre las AAPP implicadas (3 Ministerios y CCAA)

-   Necesidad de mayor difusión

-   Necesidad de ampliar los incentivos para la Titularidad Compartida.

 

Sin embargo, entre sus puntos fuertes se encuentra la disposición del Ministerio de Agricultura para lograr la mejora del funcionamiento de esta ley llevando a cabo distintas actuaciones para lograrlo como son la creación de grupos de trabajo para analizar la problemática derivada de la implementación de la Ley o la elaboración de un proyecto piloto para simplificar el proceso de alta de la titularidad compartida.

Comentarios

Entradas populares de este blog

DESIGUALDADES EN EL EMPLEO DE LA MUJER RURAL

¡ESTA SOY YO!

MARGARITA SALAS