Titularidad Compartida Explotación Agraria
Presentación de la
Política de Titularidad Compartida
La política de la Titularidad Compartida
de las Explotaciones Agrarias es una de las políticas desarrolladas por el Ministerio
de Agricultura para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres del
medio rural dado que, en el medio rural, todavía se mantienen escenarios
de desigualdad entre mujeres y hombres en un grado más acusado de lo que
ocurre en el medio urbano.
Y es que, las mujeres
representan más de un tercio de las personas que trabajan en las
explotaciones agrarias familiares, pero, en la mayor parte de los casos,
tan sólo los hombres figuran como titulares de las explotaciones mientras
que ellas aparecen como cónyuges en la categoría de “ayuda familiar”. Pese
a que la inmensa mayoría de las mujeres agricultoras comparten las tareas
agrícolas de las explotaciones familiares con sus parejas, estas actividades
son vistas como una extensión de sus tareas domésticas y de cuidados.
Con objeto de paliar esta
situación de desigualdad e invisibilización del trabajo de las mujeres rurales
en el sector agrario y las consecuencias negativas que de ella se derivan, el 5
de enero de 2012 entró en vigor la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre
titularidad compartida de las explotaciones agrarias con los objetivos de:
- - Profesionalizar la actividad agraria de
las mujeres.
- - Mejorar la participación femenina en las organizaciones
agrarias.
- -Visibilizar el trabajo de las mujeres en
las explotaciones agrarias.
- - Fomentar la igualdad y mejorar la calidad
de vida en el medio rural.
- - Ayudar al asentamiento de la población rural.
Esta Ley crea la figura de Explotación
Titularidad Compartida (ETC) como la unidad económica sin personalidad jurídica,
pero con efectos fiscales, que se constituye por un matrimonio, pareja de hecho
o personas con una relación análoga de afectividad, para la gestión conjunta
de la explotación agraria. De forma que la ETC pasará a disponer de un NIF
propio.
La titularidad compartida
implica:
-
Las dos personas titulares pueden ejercer la representación, gestión y administración
de la explotación agraria en igualdad de condiciones y a todos los efectos.
-
La responsabilidad será directa,
personal, solidaria e ilimitada de las dos personas titulares.
-
Los rendimientos generados por la explotación
se repartirán al 50% entre ambas personas titulares de la explotación agraria
de titularidad compartida.
-
Consideración de ambos titulares como beneficiarios
directos de las ayudas y subvenciones de las que sea objeto la explotación.
-
Cotización en la Seguridad Social por
parte de ambos miembros.
Entre las
medidas que adopta la Ley para fomentar el registro de explotaciones en
régimen de titularidad compartida son:
-
Trato preferente en las subvenciones de
la Administración General del Estado.
-
Consideración de estas explotaciones como explotaciones
prioritarias en los Programas de Desarrollo Rural, de forma que se les dará
prioridad en medidas como la Inversión en explotaciones o el asesoramiento.
Análisis de la Política de Titularidad
Compartida
Esta política aborda la igualdad
de género en el medio rural desde los siguientes ámbitos:
-Roles de género:
En el ámbito
de la explotación familiar del medio rural, son muchas las mujeres que comparten
con los hombres las tareas agrarias, asumiendo buena parte de las mismas y
aportando tanto bienes, como trabajo. Sin embargo, en la mayoría de los casos, figura
sólo el hombre como titular de la explotación agraria, lo que dificulta que
se valore adecuadamente la participación de la mujer en los derechos y
obligaciones derivados de la gestión de dicha explotación, en condiciones de
igualdad.
Es por ello por
lo que esta política, con la creación de la figura de la Titularidad Compartida
se pretende profesionalizar la actividad agraria de las mujeres y visibilizar
el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias, promoviendo y
favoreciendo la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el medio
rural, a través del reconocimiento jurídico y económico derivado de su
participación en la actividad agraria.
- Recursos:
En España no
hay limitaciones legales al acceso a la propiedad agrícola por parte de las
mujeres (aunque la realidad muestra que cuando ellas son las titulares, suele tratarse
de explotaciones de dimensiones económicas reducidas y baja rentabilidad), pero
sí dificultades prácticas para el acceso al crédito o a otros bienes y
derechos inmateriales por estar vinculados no a la propiedad de la
tierra, sino a su rendimiento, es decir, a la titularidad de la
explotación. Además, los estereotipos tradicionales siguen vigentes en el
medio rural. El trabajo de las mujeres sigue entendiéndose más bien como
una «ayuda familiar» que complementa a la renta principal y no como una
aportación económica efectiva.
Por ello,
aunque con la figura de Titularidad compartida no se alterara el régimen
jurídico de los bienes y derechos que la conforman ni el régimen jurídico matrimonial
o pactos patrimoniales de las parejas de hecho ni el régimen sucesorio, los rendimientos generados por la
explotación se repartirán al 50% entre ambas personas titulares de la
explotación agraria de titularidad compartida y todas las subvenciones y ayudas
se concederán por mitades iguales a ambas partes titulares.
- Representación:
Con esta
política se pretende también mejorar el poder de decisión de las mujeres
en el medio rural al pasar a tener los dos titulares de la explotación responsabilidad
directa, personal, solidaria e ilimitada sobre la misma, pudiendo
ejercer ambos titulares la representación, gestión y administración de la
explotación agraria en igualdad de condiciones y a todos los efectos. De
esta forma se favorece la asunción de decisiones gerenciales y de los
riesgos y responsabilidades derivados de aquéllas por parte de las mujeres
rurales.
Impacto y resultados que ha
tenido esta política pública.
Actualmente hay un total de 993
explotaciones acogidas al Régimen de Titularidad Compartida de acuerdo con
los datos del Ministerio de Agricultura, habiéndose inscrito 58 nuevas
explotaciones en 2022.
La evolución en los últimos años
es destacable pero la realidad es que el número de inscripciones es muy
inferior de lo esperado teniendo en consideración que el número de
explotaciones potencialmente beneficiarias se encuentra entre 30.000 y
60.000 explotaciones agrarias.
¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?
Las posibles causas del número
reducido de explotaciones inscritas frente al número esperado en la propuesta
de ley pueden deberse a:
- Complejidad de los trámites de inscripción al estar
distintas Administraciones Públicas implicadas.
- Desconocimiento de la Ley y falta de formación
específica de los agentes implicados en su gestión.
- Escasa coordinación entre las AAPP implicadas (3 Ministerios y
CCAA)
- Necesidad de
mayor difusión
- Necesidad de
ampliar los incentivos para la Titularidad Compartida.
Sin embargo, entre sus puntos
fuertes se encuentra la disposición del Ministerio de Agricultura
para lograr la mejora del funcionamiento de esta ley llevando a cabo distintas actuaciones
para lograrlo como son la creación de grupos de trabajo para analizar la
problemática derivada de la implementación de la Ley o la elaboración de un
proyecto piloto para simplificar el proceso de alta de la titularidad
compartida.
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